Código de Buen Gobierno

CAPÍTULO IV
CONFLICTO DE INTERESES
Articulo Sexto

Prevención, manejo y divulgación de conflicto de intereses entre accionistas y directores, administradores o altos funcionarios, y entre accionistas controladores y accionistas minoritarios.

Toda persona o entidad que esté sujeta a este Código, debe abstenerse de participar, por sí o por interpuesta persona, en interés personal o de terceros, en actividades que impliquen competencia con la sociedad o en actos respecto de los cuales exista conflicto de intereses, salvo autorización expresa de la Asamblea General de Accionistas.

La Auditoria Interna y la Dirección de Gestión Integral deben velar por el fiel cumplimiento de los valores corporativos y los principios éticos.

Para garantizar una administración transparente y cumplir con el enunciado anterior, la empresa fundamenta las actividades y actuaciones de sus funcionarios en la normatividad vigente y en los principios éticos que se describen a continuación.

6.1 Principios Éticos

Gas Natural Comprimido S.A. gazel en su Política Corporativa hace referencia a la ética con que se deben manejar todos los aspectos relacionados con nuestro negocio y que esperamos que nuestros empleados, contratistas y proveedores cumplan adecuadamente, respondiendo así a la confianza recibida de la empresa.

En cumplimiento de la política corporativa, Gas Natural Comprimido S.A exige que sus ejecutivos y todos los demás empleados se ciñan a los siguientes principios éticos:

• Actuar con honestidad dentro y fuera de la organización. Nuestro comportamiento no puede prestarse a equívocos o malas interpretaciones.

• Evitar las situaciones de conflicto real o potencial entre los intereses personales y los intereses de la empresa al tratar con proveedores, clientes y organizaciones o personas que hagan o procuren hacer negocios con Gas Natural Comprimido S.A. gazel .

• Proteger la información de propiedad intelectual, comercial o confidencial de Gas Natural Comprimido S.A. gazel y de terceros, conocida u obtenida en el ejercicio de las funciones.

• No utilizar datos, información confidencial, personas, instalaciones, equipos o suministros de la organización para beneficio personal.

• Reflejar todas las transacciones comerciales de la organización en forma precisa y justa, en los registros de contabilidad, de acuerdo con los principios contables de aceptación general.

• Dedicarse exclusivamente a las labores propias de Gas Natural Comprimido S.A. gazel y evitar cualquier actividad externa que afecte adversamente el rendimiento en el trabajo o comprometa la imagen corporativa.

• Desarrollar las relaciones comerciales con igualdad de oportunidades para todas las partes.

• No conseguir resultados mediante manejos inescrupulosos o la violación de leyes, normas, políticas y reglamentaciones.

• No realizar negociaciones de bienes o de servicios personales o familiares con Gas Natural Comprimido S.A gazel o personas o entidades con las cuales ésta tenga relaciones de negocios. Tampoco efectuar, a título personal, compromisos o participar en transacciones comerciales que involucren a Gas Natural Comprimido S.A. gazel , sus filiales o subsidiarias.

• No dar ni aceptar obsequios, servicios o atenciones que afecten el juicio comercial, diferentes de los que tengan fines promocionales y estén directamente relacionados con la actividad de Gas Natural Comprimido S.A. gazel .

• Informar oportunamente al superior inmediato cualquier situación que se considere pueda ser o crear conflicto de intereses o violar alguno de estos principios, a fin de tomar las medidas necesarias. • Conflicto de Intereses

• En caso de presentarse algún conflicto real o potencial de intereses entre accionistas y directores, administradores o altos funcionarios, se debe:

• Informar al superior inmediato o al organismo de dirección y administración de la empresa cuando sea el caso, tan pronto se presente cualquier situación que se considere pueda ser o crear conflicto de intereses o violar alguno de los principios, a fin de tomar las medidas necesarias.

6.3 Reglamento Interno de Trabajo

En este documento se señalan los deberes y obligaciones de los trabajadores; la escala de faltas y sanciones disciplinarias; los procedimientos para comprobación de faltas y formas de aplicación de las sanciones disciplinarias.

En caso de que un trabajador incurra en una conducta que implique conflicto de intereses, debe aplicarse el procedimiento establecido en este Reglamento.

6.4 Tribunal de Arbitramento

Se tiene previsto como mecanismo aplicable a la solución de un conflicto de intereses la convocatoria de un Tribunal de Arbitramento mediante el cual toda controversia, diferencia, cuestión o reclamación que surja entre los accionistas y Gas Natural Comprimido S.A. gazel , o entre accionistas, por razón de su carácter de tales, durante el contrato social, al tiempo de disolverse Gas Natural Comprimido S.A. gazel y en el período de la liquidación, que no puedan arreglarse amigablemente, serán sometidas a la decisión obligatoria de un Tribunal de Arbitramento que estará compuesto por tres (3) miembros designados por el Centro de Conciliación y Arbitraje de la Cámara de Comercio de la ciudad de Barranquilla, a cuyo reglamento quedarán obligados.

Artículo Séptimo.

Relaciones económicas entre Gas Natural Comprimido S.A gazel y sus accionistas, directores, administradores y principales ejecutivos. Todas las transacciones de la empresa con sus accionistas, directores y principales ejecutivos, se celebran en condiciones de mercado.

Las operaciones de crédito que celebra Gas Natural Comprimido S.A. gazel con sus accionistas, directores y principales ejecutivos, se sujetan en un todo a lo consagrado en la Ley.

Los principales ejecutivos, y en general todos los funcionarios, pueden acceder a líneas especiales de crédito a través de Gas Natural Comprimido S.A gazel y/o del Fondo de Empleados. Estas operaciones se rigen por las normas vigentes y por las condiciones previamente pactadas.

Artículo Octavo.

Negociación de acciones por parte de los directores, administradores y funcionarios de Gas Natural Comprimido S.A. gazel

El artículo séptimo de nuestros Estatutos Sociales dispone lo siguiente: Los administradores de la sociedad no podrán por sí mismos, ni por interpuesta persona, enajenar o adquirir acciones de la misma sociedad mientras estén en ejercicio de sus cargos, sino cuando se trate de operaciones ajenas a motivos de especulación y con autorización de la Junta Directiva, otorgada por el voto favorable de las dos terceras partes de sus miembros, excluido el del solicitante, o de la Asamblea General, con el voto favorable de la mayoría absoluta de las acciones representadas en la respectiva reunión, excluido el del solicitante.



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